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Iniciar sesiónCrear cuenta
← Volver al blog2026-07-01

Tasa turística en vivienda vacacional: qué cobrar, cómo declararla y en qué comunidades aplica

Ilustración de una casa vacacional con monedas y un sello de tasa turística

Si alquilas una vivienda turística en España, es muy probable que tengas que cobrar una tasa turística a tus huéspedes. Pero no aplica igual en todas las comunidades, ni se declara del mismo modo, y muchos propietarios la ignoran hasta que reciben una notificación de la administración. En esta guía te explico dónde se cobra, cuánto, cómo se ingresa a Hacienda autonómica y los errores que veo todos los meses.

Qué es la tasa turística y por qué existe

La tasa turística (también llamada impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos, IEET, o ecotasa según la comunidad) es un tributo que pagan los huéspedes por cada noche que se alojan en un establecimiento turístico. Tú, como propietario, actúas de recaudador: la cobras al huésped y la ingresas a la administración autonómica.

No es un ingreso tuyo. Es dinero que pasa por tu cuenta pero pertenece a la comunidad autónoma. Y si no la cobras (aplicando donde toca), la pagas tú de tu bolsillo.

Ojo: la tasa turística NO es lo mismo que el IVA ni el IRPF. Es un tributo autonómico independiente. Puedes consultar más sobre fiscalidad general en nuestra guía de fiscalidad del alquiler turístico.

En qué comunidades autónomas se cobra actualmente

En 2026, la tasa turística está implantada de forma efectiva en:

ComunidadNombre oficialAplica a VUT
CataluñaIEET (Impost sobre Estades en Establiments Turístics)Sí
BalearesITS (Impuesto de Turismo Sostenible)Sí
Comunidad ValencianaEn debate/aprobaciónDepende del municipio
CanariasNo estatal, pero Mogán y algún municipio la aplicanMuy limitado

Otras comunidades como Andalucía, Madrid o País Vasco han debatido implantarla, pero de momento no cobran tasa turística a nivel autonómico. Eso puede cambiar, así que revisa siempre la normativa vigente antes de temporada.

Cataluña: la más conocida

En Cataluña se cobra por persona y noche, con un tope de 7 noches (a partir de la 8ª noche no se cobra). Las tarifas para vivienda de uso turístico (HUT) son:

  • Barcelona ciudad: 4 euros por persona/noche (autonómica) + recargo municipal de 4 euros = 8 euros por persona/noche
  • Resto de Cataluña: 1 euro por persona/noche (VUT fuera de Barcelona)

Menores de 16 años están exentos. Barcelona ha ido subiendo la tasa municipal año tras año, así que revisa la cifra actualizada cada temporada.

Baleares: por tramos de temporada

En Baleares el ITS varía según temporada alta o baja y tipo de alojamiento:

  • Vivienda de alquiler turístico en temporada alta: en torno a 2,20 euros por persona/noche
  • Temporada baja: se reduce aproximadamente al 25%
  • A partir de la 9ª noche, la tasa se reduce al 50%
  • Menores de 16 años exentos

Cómo cobrarla a tus huéspedes sin líos

Aquí es donde muchos propietarios se equivocan. La tasa no se puede incluir en el precio de la reserva en la mayoría de casos: debe aparecer desglosada. Tres formas típicas de cobrarla:

1. Cobro al check-in

Le pasas la TPV o cobras en efectivo cuando llegan. Ventaja: sabes exactamente cuántas personas se quedan. Desventaja: momento incómodo, especialmente si el huésped no lo esperaba.

2. Cobro anticipado por email

Después de la reserva, envías un enlace de pago (Stripe, Bizum, transferencia) con la tasa calculada. Es lo más limpio y evita sorpresas. Combínalo con la comunicación previa al check-in.

3. Recargo automático de la plataforma

Airbnb cobra automáticamente la tasa turística en algunas comunidades (Cataluña, Baleares) y te la ingresa junto al alquiler. Booking suele dejarlo como "a pagar en el alojamiento". Vrbo depende del listado. Revisa los ajustes de cada plataforma antes de temporada.

Muy importante: si Airbnb ya ha cobrado la tasa, NO la vuelvas a cobrar tú. Es el error número uno. Revisa el desglose de cada reserva.

Cómo declararla e ingresarla

Cada comunidad tiene su procedimiento. Los pasos generales son:

  1. Darse de alta como sujeto pasivo del impuesto (normalmente al registrar la VUT ya se hace)
  2. Llevar un registro de pernoctaciones (personas x noches) por reserva
  3. Presentar autoliquidación trimestral o semestral (según comunidad) mediante modelo oficial
  4. Ingresar el importe en la cuenta de la agencia tributaria autonómica

En Cataluña se usa el modelo 950 (autoliquidación trimestral). En Baleares el modelo 700 (trimestral también).

Qué datos tienes que guardar

Para cada estancia necesitas:

  • Fechas de entrada y salida
  • Número de huéspedes mayores de 16 años
  • Número de noches sujetas (con los topes correspondientes)
  • Importe cobrado

Básicamente son los mismos datos que ya tienes que registrar para SES Hospedajes, así que si llevas bien esa parte, la tasa la calculas casi solo.

Errores típicos que te pueden costar dinero

Cobrarla dos veces

Airbnb la ha cobrado, tú la vuelves a cobrar al check-in. El huésped se queja, reseña negativa, y encima has cometido una irregularidad tributaria.

No cobrarla y pagarla de tu bolsillo

Si Hacienda autonómica cruza datos con tus pernoctaciones declaradas en SES o con las plataformas y ve que no has ingresado nada, te reclaman el importe (más recargo e intereses). Y el huésped ya no está para cobrarle.

Cobrar a menores

En casi todas las comunidades, los menores de 16 años están exentos. Si les cobras, el huésped puede reclamar y tú tienes que devolver.

Ignorar el tope de noches

En Cataluña son 7 noches máximo. En Baleares hay reducción a partir de la 9ª. Si haces estancias largas, el cálculo cambia bastante.

No emitir justificante

El huésped tiene derecho a un justificante del pago de la tasa. Si te lo piden y no lo das, mala imagen y potencial reclamación.

Cuánto puede suponer al año

Ejemplo real: apartamento en Barcelona, 4 huéspedes de media, 180 noches ocupadas al año, todos adultos:

  • 4 personas x 7 noches (tope) x 8 euros = 224 euros por reserva de una semana
  • Si haces unas 25 reservas al año de esa duración media, hablamos de más de 5.500 euros al año en tasa turística que pasan por tus manos

Es mucho dinero como para gestionarlo a ojo. Un error del 10% son 550 euros que pagas tú.

Cómo encaja Autoregistro

Autoregistro no gestiona la tasa turística directamente, pero sí te resuelve la parte de registrar a los huéspedes: cada persona que se aloja rellena sus datos en un formulario, y esa información se manda automáticamente a SES Hospedajes.

¿Por qué te ayuda con la tasa? Porque el mismo listado de huéspedes (con fechas, edades y noches) es la base que necesitas para calcular la tasa turística correctamente. Sabes exactamente cuántos mayores de 16 años se han quedado y cuántas noches. Sin líos, sin planillas de Excel improvisadas.

Cuesta 1 euro al mes por propiedad (menos que un café), y te ahorra el rato de meter los partes a mano en SES cada vez que llega alguien nuevo. Puedes empezar en autoregistro.es.

Preguntas frecuentes

¿Puedo incluir la tasa turística en el precio del anuncio?

En Cataluña y Baleares la normativa exige que aparezca desglosada, no englobada en el precio. En plataformas como Airbnb se muestra como concepto aparte automáticamente cuando la plataforma la recauda.

¿Qué pasa si el huésped se niega a pagarla?

Es una obligación legal del huésped. Si se niega, deberías tener redactado en tu contrato o condiciones que la tasa es obligatoria por ley autonómica. En la práctica, cobrarla por adelantado o vía plataforma evita este problema.

¿Los menores pagan tasa turística?

En Cataluña y Baleares, los menores de 16 años están exentos. Comprueba la edad en la documentación al hacer el registro de viajeros.

¿Se declara en el IRPF como ingreso?

No. La tasa turística no es un ingreso tuyo, es un tributo que recaudas por cuenta de la administración. No entra en tu declaración de IRPF ni en tu IVA. Pero sí tienes que llevar el registro y presentar la autoliquidación autonómica.

¿Y si mi comunidad no tiene tasa turística todavía?

Sigue atento cada año a los presupuestos autonómicos. Andalucía, Madrid, Comunidad Valenciana y otras la han debatido. Cuando se aprueba, suele haber pocos meses de margen para adaptarse antes de que empiece a aplicarse.

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